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A través de la Resolución 1199/2025, el Poder Ejecutivo Nacional redefine el esquema de convenios en programas y planes de vivienda, hábitat e infraestructura. La medida apunta a regular tanto los casos de incumplimientos como la posibilidad de que provincias, municipios y la Ciudad de Buenos Aires asuman directamente el financiamiento de las obras en ejecución.

Según lo dispuesto por la Secretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía, cuando no existan irregularidades, las jurisdicciones podrán continuar los proyectos con recursos propios y compensar ese financiamiento con fondos recuperados de otros programas administrados por el Ministerio de Economía o fideicomisos vinculados.

En los casos de vulnerabilidad social, urbanizaciones de villas, asentamientos precarios o relocalizaciones obligatorias, los adjudicatarios podrán ser exceptuados total o parcialmente de devolver los montos financiados.

Recupero de fondos

La resolución establece además un sistema de recupero obligatorio cuando los entes ejecutores se hagan cargo de las obras: las cuotas deberán ser mensuales, consecutivas y adecuarse a la capacidad de pago de los hogares, sin superar el 30% de sus ingresos. El precio no podrá estar por encima del costo actualizado de construcción y se calculará en función de la Unidad de Vivienda (UVI), de la fecha del último desembolso que se haya realizado. Los fondos recuperados deberán ser depositados en una cuenta designada por la Secretaría de Obras Públicas y reinvertidos en nuevas políticas priorizadas por la cartera económica.

Si una jurisdicción no acepta o no puede continuar una obra sin asistencia nacional, se deberá evaluar su conveniencia en función del avance, los costos, el interés público y la disponibilidad presupuestaria. En caso de devolución de fondos, los montos se actualizarán por UVI hasta su reintegro efectivo; de no cumplirse, se iniciarán acciones judiciales.

La norma también deroga más de una decena de resoluciones emitidas entre 2003 y 2022 por dependencias del ex Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat y del ex Ministerio de Obras Públicas, con el objetivo de unificar criterios. La Secretaría de Obras Públicas fue facultada para dictar normas complementarias y la medida entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Los programas alcanzados

  • Programa Federal Argentina Construye
  • Programa Federal Argentina Construye Solidaria
  • Subprograma Habitar la Emergencia
  • Plan Nacional de Suelo Urbano
  • Programa Nacional de Reactivación y Terminación de Obras de Vivienda, Infraestructura y Hábitat
  • Programa Nacional de Producciónde Suelo y Programa Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica en Políticas de Suelo
  • Programa Casa Propia – Construir Futuro
  • Suprograma Casa Propia – Casa Activa
  • Subprograma Habitar Comunidad
  • Subprograma Casa Propia- Autoconstrucción de Viviendas Participativa Cáritas
  • Subprograma Habitar Inclusión
  • Programa de Planificación y Ordenamiento Territorial
  • Programa Reconstruir
  • Programa de Regularización Dominial
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