Rentas introdujo un “impuestazo” solapado dentro del pacto fiscal en Misiones

La Resolución General 38/2017 de Rentas cumple con lo acordado en el Consenso en disminuir las alícuotas de II.BB. para el ejercicio 2018 sobre la industria manufacturera (del 3,5% al 2%), la construcción y el transporte (del 3,5 al 3%), así como eliminar la gravabilidad de los ingresos por exportaciones de bienes y servicios, única provincia que –inexplicablemente- lo hacía.
Pero simultáneamente, eleva la imposición sobre varias actividades, entre otras a saber:
1. Duplica el Impuesto de Sellos para la transferencia de automotores y motocicletas del 1,5% al 3%, violando el compromiso asumido por la provincia en el punto j) del Consenso Fiscal, lo cual lo torna ilegal;
2. Respecto a Ingresos Brutos, entre otros:
a) Aumenta la alícuota para el comercio mayorista y minorista del 3,5 al 4,5% cuando antes esta última era solamente para las ventas a consumidor final, agregando un costo al comercio local como un golpe de gracia ante las asimetrías con Paraguay y Brasil;
b) Incrementa la alícuota de todo tipo de servicios: agrícolas, pecuarios, caza y pesca, forestales, secado de yerba y té y elaboración de yerba para terceros, comerciales, industriales, etc. del 2,5% al 5%, en tanto que eleva del 3,5 al 5% la prestación de servicios profesionales, científicos y técnicos;
c) Elimina la exención en la elaboración de pan común y galleta (de 0 al 2%) y la venta minorista de pan común y galleta (de 0 al 4,5%);
d) Aumenta la elaboración de bebidas alcohólicas y productos de tabaco, del 3,5 al 5%;
e) Aumenta la fabricación de pulpa, pasta de madera y de papel del 6 al 7%;
f) El suministro, generación y distribución de electricidad, gas, agua, cloacas, gestión de residuos y saneamiento ambiental, pasa del 3,5% al 5%;
g) Venta al por menor de combustibles líquidos, pasa del 3,5 al 8%;
h) Servicios de hotelería y alojamiento, del 3,5 al 5%;
i) Servicios de internet, radio y televisión, portales web, agencias de noticias, procesamiento de datos, del 3,5 al 5%;
j) Telefonía móvil del 6 al 7%
k) Servicios financieros, banca mayorista, minorista y de inversión, del 5,5 al 7,8%. Quedan incluidas las operaciones de créditos para fomento de actividades agropecuarias, industriales y de inversión en bienes de capital que hasta ahora estaban exentas;
l) Seguros, del 4,5 al 5%;
m) Servicios inmobiliarios del 3,5% al 6%;
n) Alquileres, del 3,5 al 6%
o) Los servicios de enseñanza, salud, servicios sociales con y sin alojamiento, artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento, del 3,5% al 5%.
p) Venta de juegos de azar, del 5,98 al 8%;
q) Curiosamente, las bailantes solamente se incrementan del 10 al 11%; los cabarets, night club y similares del 15 al 16% y los casinos permanecen en la actual alícuota del 13,65%.
En consecuencia, lejos de aminorar, la provincia habrá de incrementar su ya enorme presión tributaria a contramano del enorme esfuerzo que en sentido contrario realiza la Nación y del espíritu que animó la reciente firma del “Consenso Fiscal”.

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