Empleados de comercio: si no cobraron el aumento de abril, recibirán la diferencia en agosto 2025

El Ministerio de Capital Humano homologó el aumento salarial de junio para los empleados de comercio, incluyendo al pacto para abril, que tampoco estaba siendo aplicado por un gran número de empresas mercantiles, a raíz de la falta de ratificación oficial. Esas compañías ahora deberán pagar la diferencia por lo no pagado desde abril a julio de 2025.

Cómo se calcula la diferencia para empleados de comercio

Para el pago de la diferencia con los sueldos pagados, las empresas deberán tomar las escalas por categoría que publica FAECYS, el sindicato mercantil para abril hasta junio, y que fueron ratificadas ahora con la homologación del aumento de junio 2025.

Sobre las escalas de marzo, el acuerdo de abril significó un aumento no remunerativo del 5,4% calculado sobre las escalas salariales de marzo de 2025, distribuido de la siguiente manera:

Abril: un aumento del 1,9% más una suma fija no remunerativa de $35.000.

Mayo: un aumento del 1,8% más una suma fija no remunerativa de $40.000.

Junio: un aumento del 1,7% más una suma fija no remunerativa de $40.000.

Por categoría, los siguientes son los nuevos sueldos que se deberán considerar para calcular la diferencia a pagar a un empleado de comercio por la paritaria de abril a junio para un salario inicial, y luego se brindan las escalas de marzo que se siguieron pagando y con las que se deberá comparar:

Abril de 2025

En abril, el empleado de comercio cobra, además del básico, un Incremento No Remunerativo - Acuerdo Junio2024; Incrementos No Remunerativos de Septiembre y Abril 2025, y la Suma no Remunerativa de $35.000, quedando el total como sigue:

Administrativo A: $1.008.422

Administrativo B: $1.012.611

Administrativo E: $1.039.817

Administrativo F: $1.055.167

Cajeros A: $1.011.909

Maestranza A: $997.958

Maestranza B: $1.000.746

Vendedores A: $1.011.909

Vendedores B: $1.032.843

Vendedores C: $1.039.817

Vendedores D: $1.055.167

Mayo de 2025

En mayo, el Incremento No Remunerativo - Acuerdo Junio 2024 se reduce a 0 para todas las categorías. La Suma Fija No Remunerativa se incrementa a $40.000. Los Incrementos No Remunerativos de Septiembre y Abril 2025, así como el Básico, aumentan sus valores. El salario final queda así:

Administrativo A: $1.030.617

Administrativo B: $1.034.880

Administrativo C: $1.039.138

Administrativo: $1.051.919

Administrativo E: $1.062.567

Administrativo F: $1.078.187

Auxiliar especializado B: $1.055.467

Cajeros A: $1.034.165

Cajeros B: $1.039.138

Maestranza A: $1.019.968

Maestranza B: $1.022.805

Personal Auxiliar B: $1.041.266

Personal Auxiliar C: $1.064.697

Vendedores A: $1.034.165

Vendedores B: $1.055.469

Vendedores C: $1.062.567

Vendedores D: $1.078.187

Junio de 2025

En junio, el Incremento No Remunerativo - Acuerdo Septiembre 2024 se reduce, y el de Abril 2025 se reduce aún más. La Suma Fija No Remunerativa se mantiene en $40.000. El Básico continúa aumentando.

Administrativo A: $1.036.857

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Administrativo D: $1.068.507

Administrativo E: $1.079.330

Administrativo F: $1.095.207

Cajeros B: $1.055.517

Maestranza A: $1.036.033

Maestranza B: $1.038.917

Maestranza C: $1.049.019

Personal Auxiliar B: $1.057.679

Vendedores A: $1.050.463

Vendedores B: $1.072.117

Vendedores D: $1.095.207

Sobre estas categorías, los empleados de comercio cobrarán un retroactivo cuando las empresas no hayan pagado los sueldos según el aumento salarial de abril 2025, el que recién este mes de junio fue homologado como parte del nuevo acuerdo salarial.

Con qué salarios de marzo se debe comparar

Los sueldos básicos por categoría para los empleados de comercio en marzo de 2025, que se percibieron en abril, fueron los siguientes:

Personal de Maestranza

Categoría A: $945.003

Categoría B: $947.739

Categoría C: $957.324

Administrativos

Categoría A: $955.272

Categoría B: $959.382

Categoría C: $963.488

Categoría D: $975.813

Categoría E: $986.082

Categoría F: $1.001.145

Cajeros

Categoría A: $958.694

Categoría B: $963.488

Categoría C: $969.651

Auxiliares

Categoría A: $958.694

Categoría B: $965.540

Categoría C: $988.136

Auxiliares Especializados

Categoría A: $966.913

Categoría B: $979.235

Vendedores

Categoría A: $958.694

Categoría B: $979.238

Categoría C: $986.082

Categoría D: $1.001.145

La diferencia entre estos sueldos que se cobraron en marzo y que luego se siguieron aplicando en muchas empresas, ante la falta de homologación del aumento pactado con el gremio en abril, deberán ser tomados para comparar con las escalas de abril a junio y eso dará la diferencia retroactiva a cobrar por empleados de comercio.

Fuente: iprofesional

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