Empleados de comercio: si no cobraron el aumento de abril, recibirán la diferencia en agosto 2025
El Ministerio de Capital Humano homologó el aumento salarial de junio para los empleados de comercio, incluyendo al pacto para abril, que tampoco estaba siendo aplicado por un gran número de empresas mercantiles, a raíz de la falta de ratificación oficial. Esas compañías ahora deberán pagar la diferencia por lo no pagado desde abril a julio de 2025.
Cómo se calcula la diferencia para empleados de comercio
Para el pago de la diferencia con los sueldos pagados, las empresas deberán tomar las escalas por categoría que publica FAECYS, el sindicato mercantil para abril hasta junio, y que fueron ratificadas ahora con la homologación del aumento de junio 2025.
Sobre las escalas de marzo, el acuerdo de abril significó un aumento no remunerativo del 5,4% calculado sobre las escalas salariales de marzo de 2025, distribuido de la siguiente manera:
Abril: un aumento del 1,9% más una suma fija no remunerativa de $35.000.
Mayo: un aumento del 1,8% más una suma fija no remunerativa de $40.000.
Junio: un aumento del 1,7% más una suma fija no remunerativa de $40.000.
Por categoría, los siguientes son los nuevos sueldos que se deberán considerar para calcular la diferencia a pagar a un empleado de comercio por la paritaria de abril a junio para un salario inicial, y luego se brindan las escalas de marzo que se siguieron pagando y con las que se deberá comparar:
Abril de 2025
En abril, el empleado de comercio cobra, además del básico, un Incremento No Remunerativo - Acuerdo Junio2024; Incrementos No Remunerativos de Septiembre y Abril 2025, y la Suma no Remunerativa de $35.000, quedando el total como sigue:
Administrativo A: $1.008.422
Administrativo B: $1.012.611
Administrativo E: $1.039.817
Administrativo F: $1.055.167
Cajeros A: $1.011.909
Maestranza A: $997.958
Maestranza B: $1.000.746
Vendedores A: $1.011.909
Vendedores B: $1.032.843
Vendedores C: $1.039.817
Vendedores D: $1.055.167
Mayo de 2025
En mayo, el Incremento No Remunerativo - Acuerdo Junio 2024 se reduce a 0 para todas las categorías. La Suma Fija No Remunerativa se incrementa a $40.000. Los Incrementos No Remunerativos de Septiembre y Abril 2025, así como el Básico, aumentan sus valores. El salario final queda así:
Administrativo A: $1.030.617
Administrativo B: $1.034.880
Administrativo C: $1.039.138
Administrativo: $1.051.919
Administrativo E: $1.062.567
Administrativo F: $1.078.187
Auxiliar especializado B: $1.055.467
Cajeros A: $1.034.165
Cajeros B: $1.039.138
Maestranza A: $1.019.968
Maestranza B: $1.022.805
Personal Auxiliar B: $1.041.266
Personal Auxiliar C: $1.064.697
Vendedores A: $1.034.165
Vendedores B: $1.055.469
Vendedores C: $1.062.567
Vendedores D: $1.078.187
Junio de 2025
En junio, el Incremento No Remunerativo - Acuerdo Septiembre 2024 se reduce, y el de Abril 2025 se reduce aún más. La Suma Fija No Remunerativa se mantiene en $40.000. El Básico continúa aumentando.
Administrativo A: $1.036.857
Administrativo D: $1.068.507
Administrativo E: $1.079.330
Administrativo F: $1.095.207
Cajeros B: $1.055.517
Maestranza A: $1.036.033
Maestranza B: $1.038.917
Maestranza C: $1.049.019
Personal Auxiliar B: $1.057.679
Vendedores A: $1.050.463
Vendedores B: $1.072.117
Vendedores D: $1.095.207
Sobre estas categorías, los empleados de comercio cobrarán un retroactivo cuando las empresas no hayan pagado los sueldos según el aumento salarial de abril 2025, el que recién este mes de junio fue homologado como parte del nuevo acuerdo salarial.
Con qué salarios de marzo se debe comparar
Los sueldos básicos por categoría para los empleados de comercio en marzo de 2025, que se percibieron en abril, fueron los siguientes:
Personal de Maestranza
Categoría A: $945.003
Categoría B: $947.739
Categoría C: $957.324
Administrativos
Categoría A: $955.272
Categoría B: $959.382
Categoría C: $963.488
Categoría D: $975.813
Categoría E: $986.082
Categoría F: $1.001.145
Cajeros
Categoría A: $958.694
Categoría B: $963.488
Categoría C: $969.651
Auxiliares
Categoría A: $958.694
Categoría B: $965.540
Categoría C: $988.136
Auxiliares Especializados
Categoría A: $966.913
Categoría B: $979.235
Vendedores
Categoría A: $958.694
Categoría B: $979.238
Categoría C: $986.082
Categoría D: $1.001.145
La diferencia entre estos sueldos que se cobraron en marzo y que luego se siguieron aplicando en muchas empresas, ante la falta de homologación del aumento pactado con el gremio en abril, deberán ser tomados para comparar con las escalas de abril a junio y eso dará la diferencia retroactiva a cobrar por empleados de comercio.
Fuente: iprofesional




